Alarma
Declarar una alarma conectada a Central Receptora (CRA) en tu póliza te permite conseguir un descuento importante en la prima de robo. Pero ojo: a cambio, la compañía te exige mantenerla conectada y operativa siempre que la vivienda quede vacía. Si ocurre un robo y la alarma estaba desactivada, desconectada o sin mantenimiento vigente, existiría el riesgo de que la entidad aplique una reducción de la indemnización o incluso un rehúse total.
¿Qué es y cómo podría afectarte en un siniestro?
La alarma constituye un dispositivo electrónico de seguridad destinado a la detección y disuasión de intrusiones no autorizadas en la vivienda. En el ámbito del seguro multirriesgo del hogar, su declaración expresa en póliza funciona como una circunstancia calificante del riesgo: reduce la probabilidad estadística de siniestro de robo y, en consecuencia, permite al asegurado acceder a una bonificación sensible en la prima. A cambio, el condicionado particular suele imponer obligaciones contractuales específicas de mantenimiento, conexión y operatividad.
La alarma es un sistema de seguridad que, declarado en su póliza, le permite pagar menos por la cobertura de robo. No obstante, este descuento conlleva una contrapartida: la compañía espera que el sistema permanezca activo y operativo, especialmente cuando la vivienda se encuentra deshabitada. En caso de siniestro, la entidad verificará que la alarma cumplía con los requisitos pactados, y cualquier incumplimiento podría derivar en una reducción de la indemnización o en un riesgo potencial de rehúse.
Las entidades aseguradoras examinan con especial atención tres aspectos técnicos tras un siniestro de robo: si la alarma se encontraba conectada en el momento del hecho, si disponía de contrato de mantenimiento vigente con empresa instaladora autorizada, y si estaba comunicada con una Central Receptora de Alarmas (CRA) debidamente homologada por la Dirección General de la Policía. La concurrencia simultánea de estos tres requisitos sería la que permitiría considerar la alarma como «operativa» a efectos contractuales.
⚠️ Interpretación restrictiva habitual: «La alarma no estaba operativa»
Tras un robo con fuerza, el análisis técnico de la entidad podría concluir que la alarma no cumplía con los requisitos contractuales de operatividad. Bastaría un único incumplimiento (batería agotada, mantenimiento caducado, ausencia de comunicación con CRA o desactivación voluntaria) para que existiera el riesgo de aplicación de la regla de equidad o de un rehúse parcial o total de la cobertura de robo.
Requisitos habituales para considerar una Alarma operativa
1. Conexión permanente a CRA: La alarma debe estar comunicada las 24 horas con una Central Receptora de Alarmas homologada por el Ministerio del Interior, capaz de verificar las señales y dar aviso a las Fuerzas de Seguridad.
2. Contrato de mantenimiento vigente: La empresa instaladora autorizada debe mantener un contrato de revisión y mantenimiento en vigor, con inspecciones periódicas documentadas que acrediten el correcto funcionamiento del sistema.
3. Activación durante ausencias: El condicionado suele exigir que la alarma permanezca conectada siempre que la vivienda quede deshabitada, especialmente durante periodos vacacionales o ausencias prolongadas.
4. Elementos disuasorios exteriores: Muchas pólizas requieren la presencia de elementos visibles desde el exterior (cartel de empresa monitorizadora, sirena perimetral, pilotos luminosos) que cumplan la función disuasoria preventiva.
5. Comunicación inmediata del siniestro: Tras el robo, el asegurado debe notificar a la CRA, a las Fuerzas de Seguridad y a la compañía en los plazos establecidos en póliza, habitualmente 24-72 horas.
Situaciones que podrían derivar en problemas de cobertura
1. Alarma desactivada voluntariamente: El asegurado desconectó el sistema por molestias (falsas alarmas, obras en la vivienda, visita de familiares) y no lo reconectó antes del siniestro.
2. Mantenimiento caducado: El contrato de revisión con la empresa instaladora había vencido y no se había renovado, aunque el sistema funcionara aparentemente con normalidad.
3. Avería no comunicada: La alarma presentaba un fallo técnico conocido por el asegurado (batería de respaldo agotada, sensor defectuoso) que no fue reparado ni comunicado a la compañía.
4. Ausencia de comunicación con CRA: La alarma era meramente local (sonora o luminosa) sin conexión a central receptora, pese a que el condicionado exigía expresamente la monitorización remota.
5. Modificaciones no autorizadas: El asegurado añadió, retiró o desplazó elementos del sistema sin comunicar la alteración a la compañía ni a la empresa instaladora.
La situación: Los Muñoz disfrutaban de su segunda residencia en Marbella durante agosto. La póliza declaraba una alarma perimetral conectada a CRA, con bonificación del 15% en la prima de robo. Durante esa temporada, la empresa monitorizadora había enviado tres avisos de «pérdida de comunicación» con el panel central, que el Sr. Muñoz atribuyó a cortes de luz puntuales y no atendió. El 14 de agosto, unos ladrones forzaron la carpintería del jardín y sustrajeron electrodomésticos, electrónica y joyas por valor de 23.000€.
La valoración de la entidad: El análisis técnico de la compañía determinó que, en el momento del robo, la alarma se encontraba inoperativa por falta de comunicación con la CRA, circunstancia que había sido notificada repetidamente por la empresa monitorizadora sin que el asegurado hubiera adoptado medida correctora alguna. Aplicando la cláusula de agravación del riesgo, la entidad propuso el rehúse total de la cobertura de robo.
¿Cómo podría orientarse la defensa? Mediante un Análisis Técnico Orientativo contradictorio que acreditó que los avisos de la CRA no habían sido recibidos efectivamente por el asegurado (deficiencia en el sistema de notificación de la monitorizadora), que la alarma había funcionado correctamente durante los 45 días anteriores al siniestro, y que la ausencia de comunicación se produjo únicamente en las 6 horas previas al robo por un corte general de suministro eléctrico en la urbanización. Esta línea argumental permitió negociar una indemnización del 70% del valor sustraído.
Disponer del contrato de mantenimiento vigente, los certificados de revisión periódica y los registros de comunicación con la CRA constituiría la prueba más sólida frente a una alegación de inoperatividad.
Si la alarma hubiera estado operativa pero el robo se hubiera producido igualmente (por ejemplo, mediante un método de inhibición electrónica), existiría margen para argumentar que el incumplimiento no fue causa determinante del daño.
Aun apreciándose un incumplimiento contractual, la jurisprudencia del Tribunal Supremo admite la aplicación atenuada de la regla de equidad cuando el incumplimiento es parcial, no doloso y no guarda relación directa con la producción del siniestro.
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