Visita
Es cuando el perito de la compañía viene a tu casa a ver los daños con sus propios ojos. No vale con fotos por teléfono: tiene que medir, fotografiar y entender qué pasó. Si tú no estás o no le muestras todo, luego te pueden decir que no vieron esos destrozos. Cuidado: pídele identificación antes de dejarle entrar.
¿Qué es la visita pericial y por qué determina el resultado de tu siniestro?
La visita es la inspección ocular física que el perito designado por la compañía aseguradora realiza obligatoriamente en el inmueble siniestrado con el propósito de examinar de primera mano los daños, recabar indicios, tomar medidas físicas, fotografiar el estado de la vivienda y delimitar las causas reales de los desperfectos. Desde la perspectiva pericial, esta visita no constituye un trámite opcional ni una formalidad burocrática, sino un requisito de validez técnica y ética que condiciona la calidad y fiabilidad de todo el informe posterior. La ausencia de visita física, o su sustitución por valoraciones telefónicas o a distancia, puede invalidar técnica y contractualmente la base sobre la que se construye la liquidación del siniestro.
Imagina que tienes un accidente de coche y el mecánico te dice cuánto cuesta arreglarlo sin haber visto el vehículo, solo mirando fotos que le mandaste por WhatsApp. Eso es lo que sería tasar a ciegas. En el seguro de hogar, la visita del perito es la visita del mecánico: tiene que venir, abrir armarios, mirar detrás de los muebles, medir las grietas, ver si la humedad sube por la pared o baja del techo. Solo así puede saber qué realmente pasó y cuánto cuesta arreglarlo. Si el perito no viene y te hace la liquidación por teléfono, esa valoración puede quedarse muy corta. Y si viene pero tú no estás para mostrarle todos los daños, es posible que no incluya en el informe cosas que luego te cuesten dinero de tu bolsillo. Además, antes de dejarle entrar, pídele que se identifique: un perito debe acreditarse como tal, no basta con que diga «vengo de la compañía».
La gestión de la visita pericial presenta una dificultad práctica añadida: el asegurado debe prepararse para ella como si fuera una reunión de negociación, no como una simple cita técnica. Durante la visita, el perito determina qué daños observa, qué mide, qué fotografía y qué atribuye a la causa del siniestro. Si el asegurado no está presente, no puede señalar daños que el perito no haya visto, no puede aclarar el origen de una filtración, no puede mostrar preexistencias que el perito podría confundir con daños del siniestro, y no puede cuestionar en el momento interpretaciones que luego quedarán plasmadas en el informe. La visita es el único momento en el que el asegurado puede influir directamente en la recogida de datos que determinará su indemnización, y desperdiciar esta oportunidad suele resultar irreparable en fases posteriores de la tramitación.
⚠️ Interpretación restrictiva habitual: «El perito ya vio los daños en fotos, no hace falta visita»
Las entidades aseguradoras podrían intentar agilizar la tramitación proponiendo una valoración basada exclusivamente en fotografías y descripciones telefónicas, argumentando que «la tecnología permite peritar a distancia» o que «el siniestro es sencillo y no requiere desplazamiento». Esta práctica resulta técnicamente insuficiente para siniestros que impliquen daños estructurales, humedades ocultas, filtraciones de origen indeterminado o daños en instalaciones empotradas. La doctrina pericial especializada considera que la visita física es indispensable para determinar la causa real del daño, medir alcances, verificar preexistencias y establecer la correlación técnica entre el siniestro declarado y los desperfectos observados. Aceptar una valoración sin visita puede dejar fuera daños ocultos que solo se detectan con inspección in situ.
Los cuatro pilares técnicos de la visita pericial
1. Prohibición de tasar a ciegas: la visita como requisito indispensable: La práctica pericial establece que no se puede aceptar una reclamación ni tasar unos daños sin haber realizado previamente la comprobación física de los desperfectos en el lugar de ocurrencia del siniestro. La inspección ocular permite al perito componer el escenario del siniestro, observar indicios que las fotografías no capturan (olor a humedad, deformación estructural, sonidos de instalaciones), medir dimensiones reales y verificar la coherencia entre la versión del asegurado y el estado físico de la vivienda. La sustitución de la visita por valoración telefónica o fotográfica, salvo que existan instrucciones expresas de la compañía para usar sistemas de teleperitación en casos muy concretos, puede constituir una práctica técnicamente insuficiente que perjudica al asegurado.
2. Identificación previa del perito: seguridad y validez procesal: El perito no puede redactar un informe válido basado en una visita si no se ha identificado fehacientemente ante el asegurado o su representante antes de iniciar la inspección. Esta identificación no es una mera formalidad de cortesía, sino un requisito de seguridad y de validez procesal: el asegurado debe saber quién entra en su domicilio, qué empresa representa y qué facultades tiene. Además, la identificación permite al asegurado verificar que la persona que realiza la visita es efectivamente el perito designado y no un administrativo, un comercial o un tercero sin capacidad técnica para emitir informe pericial. Si el visitante no se identifica adecuadamente, el asegurado tiene derecho a negarse a la inspección hasta que se acredite su condición.
3. Plazos de personación: la rapidez como factor de calidad: Las compañías aseguradoras suelen requerir a sus peritos un plazo de visita reducido, habitualmente de 24 horas desde el encargo, para dar un servicio rápido y eficiente al asegurado. Este plazo corto responde a una necesidad técnica real: cuanto antes se inspecciona el siniestro, más fiables son las evidencias. Los daños pueden evolucionar (una humedad puede extenderse, una filtración puede secarse ocultando su origen), las escenas pueden alterarse (el asegurado limpia, repara provisionalemente o desplaza objetos) y los testigos pueden olvidar detalles. Una visita rápida garantiza que el perito observa el estado más próximo al momento del siniestro, lo que aumenta la fiabilidad técnica del informe y reduce las controversias sobre la correlación entre el daño y la causa alegada.
4. La misión técnica de la visita: composición de lugar, estimaciones y decisiones: Durante la inspección física, el perito debe cumplir una serie de funciones técnicas que van más allá de «ver los daños». Debe realizar una composición de lugar que reconstruya la secuencia del siniestro, calcular estimaciones iniciales de costes de reparación, verificar preexistencias que podrían confundirse con daños del siniestro (grietas antiguas, humedades previas, deterioro por falta de mantenimiento) y decidir si el caso requiere la intervención de profesionales externos (arquitecto, aparejador, ingeniero, instalador) o asistencia técnica especializada. Estas decisiones, tomadas durante la visita, determinan el alcance del informe y, en consecuencia, la cuantía de la indemnización. Si el asegurado no está presente, no puede aportar información clave que oriente estas decisiones técnicas.
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Valoración sin visita física: teleperitación o peritaje a distancia
Las compañías podrían proponer una valoración basada exclusivamente en fotografías y descripciones telefónicas, especialmente en siniestros que consideran «sencillos» o de bajo importe. Esta práctica resulta técnicamente insuficiente para daños estructurales, humedades ocultas, filtraciones de origen indeterminado o daños en instalaciones empotradas. El asegurado podría rebatir esta valoración exigiendo la visita física obligatoria, señalando que la doctrina pericial especializada considera la inspección ocular indispensable para determinar la causa real del daño y su alcance completo. Sin visita, es posible que daños ocultos queden fuera de la liquidación.
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Visita realizada sin identificación fehaciente del perito
Podría ocurrir que la persona que acude a la vivienda no se identifique adecuadamente como perito designado, o que se presente como «técnico de la compañía» sin acreditar su condición de perito ni la empresa que representa. Esto genera problemas de seguridad para el asegurado y de validez técnica para la visita: si el informe posterior está firmado por un perito que no acudió físicamente, o si el visitante no tenía capacidad para emitir informe, la base de la liquidación resulta técnicamente cuestionable. El asegurado tiene derecho a exigir identificación antes de permitir el acceso.
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Visita realizada sin presencia del asegurado o su representante
Las compañías podrían programar la visita en horario incompatible con la disponibilidad del asegurado y, ante su ausencia, realizar la inspección igualmente. Esta práctica perjudica al asegurado porque le impide señalar daños que el perito no observe, aclarar el origen de filtraciones, mostrar preexistencias que podrían confundirse con daños del siniestro, y cuestionar interpretaciones en el momento. La doctrina pericial especializada considera que la presencia del asegurado o un representante facultado resulta deseable para garantizar que la inspección recoge todos los elementos relevantes del siniestro.
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Segundas visitas sin informe de seguimiento independiente
Cuando un siniestro requiere una segunda inspección física —porque los daños evolucionaron, porque se descubrieron nuevos desperfectos tras la primera visita, o porque el perito necesita verificar reparaciones provisionales— la compañía podría incorporar los datos de la segunda visita al informe original sin emitir un «informe de seguimiento» independiente. Esta práctica dificulta la trazabilidad de la información y puede generar confusiones sobre qué daños se observaron en cada visita. El asegurado podría exigir que cada inspección física dé lugar a su propio documento técnico, garantizando la claridad y la secuencia temporal de las observaciones.
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Omisión de medidas, fotografías o registro de preexistencias
El perito podría realizar una visita rápida o superficial, omitiendo medidas físicas precisas, fotografías de áreas afectadas o registro de preexistencias que luego la compañía utiliza para reducir la indemnización. Si el informe no documenta adecuadamente lo observado durante la visita, el asegurado carece de base técnica para impugnar la liquidación. La controversia surge cuando el asegurado alega daños que el perito «debería haber visto» pero que no constan en el informe, y la compañía responde que «el perito no los observó durante la visita».
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No estar presente durante la visita del perito
Si no estás presente cuando el perito visita tu vivienda, no puedes señalarle daños que no haya visto, aclararle el origen de una filtración, mostrarle preexistencias o cuestionar sus interpretaciones en el momento. Programa la visita en un horario en el que puedas estar, o designa un representante de confianza (familiar, vecino, administrador de fincas) que conozca la vivienda y pueda acompañar al perito. Tu ausencia puede dejar fuera de la liquidación daños importantes.
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No pedir identificación al perito antes de dejarle entrar
Antes de permitir el acceso a tu domicilio, exige al visitante que se identifique fehacientemente como perito designado, mostrando acreditación de la empresa que representa y, preferiblemente, orden de servicio de la compañía aseguradora. Si no se identifica adecuadamente, no le dejes entrar y comunícalo a la compañía. Un informe basado en una visita de un tercero no acreditado puede ser técnicamente impugnable.
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No preparar la vivienda ni tener lista la documentación antes de la visita
Muchos asegurados reciben al perito sin haber preparado la vivienda: muebles que tapan los daños, estancias oscuras sin luz adecuada, documentación dispersa. Prepara la vivienda antes de la visita: despeja las zonas afectadas, asegura iluminación suficiente, ten a mano facturas de compra de bienes dañados, fotografías del estado previo, informes de mantenimiento y cualquier documentación que acredite el valor o el estado de conservación de los bienes afectados.
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No fotografiar o grabar la visita del perito
Durante la visita, el perito tomará sus propias fotografías y medidas, pero tú también deberías documentar todo lo que él observa y fotografía. Esto te permite comparar su documentación con la tuya en caso de discrepancias, y te da prueba de qué daños le mostraste y cuáles él efectivamente registró. Si luego el informe omite daños que le señalaste, tendrás evidencia fotográfica o videográfica para impugnar la liquidación.
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No exigir una segunda visita si aparecen nuevos daños tras la primera inspección
Es frecuente que tras la primera visita del perito aparezcan nuevos daños relacionados con el siniestro: una humedad que se extiende, una grieta que se agranda, un olor que indica filtración oculta. Muchos asegurados no comunican estos nuevos daños a la compañía ni solicitan una segunda visita, asumiendo que «ya pasó el perito». Error: los nuevos daños relacionados con el siniestro deben ser comunicados por escrito y se debe solicitar una segunda inspección que dé lugar a un informe de seguimiento independiente.
La situación: Pedro sufrió una rotura de tubería en el baño de su piso que inundó el suelo de la cocina contigua. Llamó a la compañía, que programó la visita del perito para tres días después. Pedro, que trabaja fuera de casa de lunes a viernes, no pudo estar presente y pidió a su vecino de enfrente, José, que dejara pasar al perito. José, de 78 años, no conocía los detalles del siniestro ni la distribución de la vivienda. El perito, un joven que se identificó como «técnico de la aseguradora» pero no mostró acreditación ni orden de servicio, realizó una visita de unos 20 minutos. Fotografió el suelo de la cocina afectado y el baño, pero no movió el armario de roble macizo que Pedro había puesto provisionalmente sobre la zona más inundada del suelo de la cocina para protegerlo. Tampoco inspeccionó el falso techo de pladur de la cocina, que Pedro había mencionado telefónicamente a la compañía como posiblemente afectado por la humedad. José, que no sabía de la existencia de esa humedad en el techo, no se lo mencionó. El perito emitió informe dos días después, estimando la reparación del suelo de la cocina y el baño en 1.800€. Pedro, al recibir la liquidación, descubrió que no se incluía la reparación del suelo bajo el armario ni la sustitución del falso techo de la cocina, que presentaba manchas de humedad visibles una semana después. Además, el informe no mencionaba la preexistencia de una pequeña filtración en el baño que Pedro había reparado hacía dos años, y que la compañía ahora interpretaba como «falta de mantenimiento» que habría contribuido al siniestro.
La valoración de la entidad: La compañía sostuvo que la liquidación se basaba en el informe del perito, quien «había visitado la vivienda y constatado los daños observables». Argumentó que el suelo bajo el armario no estaba incluido porque «el perito no pudo inspeccionarlo al estar tapado por mobiliario» y que la responsabilidad de mostrar todos los daños recaía en el asegurado. Respecto al falso techo, indicó que «el informe no documenta humedad en el techo de la cocina, por lo que no se acredita la relación causal con el siniestro». Además, la compañía rechazó la cobertura de la reparación de la tubería argumentando que la preexistencia de la filtración reparada hacía dos años indicaba «falta de mantenimiento de la instalación de fontanería», circunstancia excluida de la cobertura. Pedro no había comunicado por escrito la preexistencia de la filtración anterior ni había aportado la factura de su reparación. No había fotografiado la visita del perito ni había solicitado una segunda inspección cuando descubrió la humedad en el techo.
¿Cómo podría orientarse la defensa?: Mediante un Análisis Técnico Orientativo que, en primer lugar, impugnara la validez técnica del informe por omisión de daños que el perito no pudo observar debido a la presencia de mobiliario que tapaba la zona afectada, argumentando que el perito debió solicitar el desplazamiento del armario o programar una segunda visita para inspeccionar zonas ocultas. En segundo lugar, se podría solicitar una segunda inspección pericial documentando la humedad del falso techo, con fotografías fechadas y mediciones de humedad, para acreditar su relación causal con la rotura de tubería. En tercer lugar, respecto a la exclusión por falta de mantenimiento, se podría aportar la factura de la reparación de la filtración anterior para demostrar que el asegurado mantuvo la instalación adecuadamente, y argumentar que una filtración reparada hacía dos años no constituye falta de mantenimiento actual ni causa directa de una rotura de tubería por fatiga de materiales. En cuarto lugar, se podría cuestionar la identificación del perito, ya que no mostró acreditación ni orden de servicio, lo que podría invalidar la base formal de la visita. En quinto lugar, se podría designar perito de parte para realizar una inspección completa de la vivienda, incluyendo zonas no inspeccionadas por el perito de la compañía, y emitir informe técnico independiente que acredite el alcance real de los daños. Esta línea argumental, combinada con la comunicación por escrito de los nuevos daños descubiertos y la solicitud de segunda visita, podría permitir ampliar sustancialmente la indemnización, aunque el resultado dependerá de la prueba documental aportada y de la aceptación por parte de la compañía de la necesidad de segunda inspección.
Elabora un documento con plano de la vivienda, fotografías del estado previo, facturas de bienes dañados, informes de mantenimiento y un listado escrito de todos los daños observados. Entrégale una copia al perito al inicio de la visita y quédate con otra. Esto garantiza que no se omita ningún daño y que quede constancia escrita de lo que le mostraste.
Durante la inspección, haz tus propias fotografías y vídeos de cada zona que el perito inspecciona, fotografía o mide. Documenta también lo que el perito NO observa (zonas que no inspecciona, muebles que no mueve, instalaciones que no revisa). Esta evidencia será clave para impugnar omisiones en el informe posterior.
No dejes entrar a nadie que no se identifique como perito designado con acreditación de la empresa y, preferiblemente, orden de servicio de la compañía. Anota su nombre completo, empresa, número de colegiado si es profesional colegiado, y matrícula del vehículo. Si no se identifica adecuadamente, niega el acceso y comunícalo por escrito a la compañía.
Si tras la visita del perito aparecen nuevos daños relacionados con el siniestro (humedades que se extienden, grietas que evolucionan, olores que indican filtraciones), comunícalos por escrito a la compañía inmediatamente y solicita una segunda inspección pericial. Cada nueva visita debe dar lugar a un informe de seguimiento independiente que documente los nuevos hallazgos.
Si por motivos de trabajo o salud no puedes estar en la visita, designa un representante de confianza que conozca la vivienda y el siniestro. Facilita a tu representante un listado escrito de los daños, las zonas a inspeccionar y las preguntas que debe hacer al perito. Un representante bien preparado puede compensar tu ausencia.
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