Existencias Flotantes
Las existencias flotantes son para quienes tienen un negocio en casa (tienda online, autónomo, etc.) y guardan mercancía. Como el stock cambia cada mes, el seguro te pide que declares periódicamente cuánto valor tienes. Si tienes un incendio y se queman tus productos, te pagarán en función de lo que hayas declarado. Pero ojo: si olvidaste declarar un mes, ese mes cuenta como «cero euros», y te aplicarán la regla proporcional, pagándote mucho menos. Por eso resulta esencial llevar un control riguroso de las declaraciones.
¿Qué es y cómo podría afectarte en un siniestro?
Las existencias flotantes constituyen una modalidad de cobertura específica para bienes o mercancías almacenadas temporalmente cuyo valor y volumen fluctúan ostensiblemente a lo largo del año. Aunque se trata de un concepto eminentemente comercial, resultaría aplicable en hogares donde se desarrollen actividades profesionales o autónomas que impliquen el manejo de stock. Desde la perspectiva pericial, esta cobertura requeriría un sistema de declaraciones periódicas del valor de las existencias, cuya correcta gestión resultaría determinante en la liquidación del siniestro.
Imagina que tienes una tienda online en casa y guardas productos para enviar a tus clientes. Un mes tienes 5.000€ en mercancía, otro mes 15.000€ (por Navidad), y otro mes solo 2.000€. Como el valor cambia mucho, el seguro no te pide un capital fijo, sino que te pide que declares cada mes (o trimestre) cuánto tienes. Si tienes un incendio y se queman tus productos, te pagarán en función de lo que hayas declarado. Pero si olvidas declarar un mes, ese mes cuenta como «cero», y te pagarán mucho menos de lo que te corresponde.
La correcta gestión de las declaraciones de existencias resultaría crítica para evitar la aplicación de la regla proporcional en caso de siniestro. Un asegurado que declare de forma rigurosa y periódica el valor de sus existencias obtendría una indemnización ajustada a los daños reales. Por el contrario, un asegurado que olvide declarar determinados periodos o que subestime el valor de sus existencias podría ver reducida drásticamente su indemnización al aplicarse la regla proporcional por infraseguro.
⚠️ Interpretación restrictiva habitual: «No declaró existencias en ese periodo, aplicamos regla proporcional»
Las entidades aseguradoras podrían aplicar la regla proporcional del artículo 30 de la LCS cuando el asegurado no haya declarado existencias en determinados periodos, considerando que ese periodo computa como «cero euros de capital». Esta interpretación podría derivar en una reducción drástica de la indemnización, especialmente cuando el asegurado haya sido riguroso en la mayoría de las declaraciones pero haya omitido alguna por olvido o error administrativo.
Las cuatro modalidades de declaración de existencias
1. Declaración anticipada: Se realizaría sobre el valor estimado de las existencias al final del mes siguiente. Esta modalidad requeriría una previsión del negocio que podría resultar compleja en actividades con alta estacionalidad.
2. Declaración vencida: Se realizaría sobre el valor real de las existencias al final del mes anterior. Esta modalidad resultaría más precisa, ya que se basa en datos reales y no en estimaciones.
3. Sobre el día de mayores existencias: Se tomaría como base el pico máximo de stock alcanzado durante el periodo. Esta modalidad resultaría más favorable para el asegurado en periodos de alta actividad, pero podría generar infraseguro en periodos de menor actividad.
4. Sobre el promedio mensual: Se basaría en la media de valores del mes. Esta modalidad resultaría equilibrada, suavizando las fluctuaciones estacionales, pero podría no reflejar adecuadamente los picos de stock.
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Omisiones en las declaraciones periódicas
Si el asegurado olvida declarar las existencias en algún mes, ese periodo computaría como «cero euros de capital» para el cálculo pericial. Esta omisión generaría una situación de infraseguro que podría reducir drásticamente la indemnización final al aplicar la regla proporcional, incluso cuando el asegurado haya sido riguroso en la mayoría de las declaraciones.
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Subestimación del valor de las existencias
El asegurado podría declarar un valor inferior al real de sus existencias para reducir la prima, pero esta práctica generaría infraseguro en caso de siniestro. La compañía podría impugnar las declaraciones si detecta inconsistencias entre el valor declarado y el valor real de las mercancías siniestradas.
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Periodicidad de las declaraciones
Aunque las declaraciones suelen ser mensuales, las compañías podrían admitir periodicidades trimestrales o semestrales. Esta mayor flexibilidad podría generar dificultades para acreditar el valor real de las existencias en el momento del siniestro, especialmente cuando las fluctuaciones sean muy significativas.
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Delimitación entre existencias y contenido ordinario
En hogares con actividad profesional, podría resultar complejo distinguir entre las existencias (mercancía destinada a la venta) y el contenido ordinario del hogar (bienes de uso personal). Esta delimitación condiciona la cobertura aplicable y podría generar disputas sobre qué bienes están amparados por la garantía de existencias flotantes.
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Cálculo de la prima adicional por suplementos
La póliza suele cubrir un capital fijo (mínimo) y otro flotante. La compañía cobraría la prima del capital fijo anualmente y, tras recibir las declaraciones periódicas, emitiría suplementos para cobrar la prima de las existencias que superen dicho capital fijo. Esta gestión administrativa podría generar retrasos en la regularización de las primas y disputas sobre los importes facturados.
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Omitir declaraciones periódicas de existencias
Si olvidas declarar las existencias en algún mes, ese periodo computa como «cero euros» y te aplicarán la regla proporcional. Establece un sistema de recordatorios (calendario, alarma, gestor) para no olvidar ninguna declaración. La omisión de una sola declaración podría reducir drásticamente tu indemnización.
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Declarar valores inferiores al real para reducir la prima
Si declaras un valor inferior al real de tus existencias, pagarás menos prima, pero en caso de siniestro te aplicarán la regla proporcional y cobrarás mucho menos. Declara siempre el valor real de tus existencias, aunque esto suponga pagar una prima mayor. La diferencia de prima es mínima comparada con la reducción de indemnización en caso de siniestro.
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No conservar la documentación acreditativa de las declaraciones
Si no conservas copias de las declaraciones periódicas, facturas de compra, inventarios y albaranes, no podrás acreditar el valor real de tus existencias en caso de siniestro. Guarda toda la documentación durante al menos 5 años, especialmente si has tenido omisiones o errores en las declaraciones.
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Confundir existencias con contenido ordinario
Si mezclas mercancía destinada a la venta con bienes de uso personal, podrías tener problemas para acreditar qué bienes están cubiertos por la garantía de existencias flotantes. Separa físicamente las existencias del contenido ordinario y lleva un inventario diferenciado de ambos.
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No regularizar las primas adicionales por suplementos
Si la compañía emite suplementos para cobrar la prima de las existencias que superan el capital fijo y no los pagas, podrías quedar en situación de impago y perder la cobertura. Revisa regularmente los movimientos de tu póliza y paga los suplementos emitidos por la compañía.
La situación: Carlos tiene una tienda online de productos de informática en su vivienda, con cobertura de existencias flotantes hasta 50.000€. Durante los últimos 12 meses, declaró las existencias en 9 meses (con valores entre 25.000€ y 45.000€), pero olvidó declarar en 3 meses (julio, agosto y septiembre, periodo vacacional donde su actividad se redujo). Tras un incendio que destruyó completamente su almacén, Carlos declaró un valor de existencias siniestradas de 42.000€. Sin embargo, no conservaba facturas de compra de todos los productos (había comprado mercancía a proveedores particulares sin factura), y las declaraciones periódicas que sí había realizado las hizo de forma aproximada, sin inventario detallado.
La valoración de la entidad: La compañía aplicó la regla proporcional considerando que, al no haber declarado existencias en 3 de los 12 meses anteriores al siniestro, el capital asegurado medio era inferior al valor real de las existencias. Además, cuestionó el valor declarado de las existencias siniestradas (42.000€), al considerar que Carlos no podía acreditar suficientemente el valor real de los productos destruidos (falta de facturas, inventarios aproximados). La compañía ofreció una indemnización de 18.000€, aplicando la regla proporcional y reduciendo el valor de las existencias acreditadas.
¿Cómo podría orientarse la defensa?: Mediante un Análisis Técnico Orientativo que, en primer lugar, impugnara la aplicación de la regla proporcional por los meses no declarados, argumentando que la omisión de declaraciones en periodos de baja actividad (vacaciones) no debería computar como «cero euros», sino que debería tomarse como referencia el último valor declarado o el valor medio de los meses declarados. En segundo lugar, respecto al valor de las existencias siniestradas, se podría aportar documentación complementaria (albaranes de envío a clientes, extractos bancarios de cobros, correos electrónicos con proveedores, fotografías del almacén antes del siniestro) para acreditar el valor real de los productos destruidos. Esta línea argumental, combinada con la invocación del principio de buena fe contractual y la doctrina que admite pruebas indiciarias cuando la documentación principal ha sido destruida por el siniestro, podría permitir recuperar una parte significativa de la indemnización, aunque la falta de declaraciones periódicas y la documentación incompleta dificultarían la obtención de la indemnización íntegra.
Si has perdido facturas o inventarios por el siniestro, recopila toda la documentación alternativa disponible: albaranes de envío a clientes, extractos bancarios, correos con proveedores, fotografías del almacén. Esta documentación indiciaria podría acreditar el valor real de las existencias cuando la documentación principal haya sido destruida.
Si olvidaste declarar existencias en algún mes, argumenta que la omisión no debería computar como «cero euros», sino que debería tomarse como referencia el último valor declarado o el valor medio de los meses declarados. Esta interpretación podría reducir significativamente el desfase y la aplicación de la regla proporcional.
Si tras el siniestro detectas que tienes declaraciones pendientes de periodos anteriores, regulariza inmediatamente la situación comunicando a la compañía los valores reales de esos periodos. Esta regularización podría fortalecer tu posición en la reclamación, acreditando tu buena fe y disposición a colaborar.
Para futuros siniestros, implementa un sistema de inventario digital actualizado diariamente, con copias de seguridad en la nube. Este sistema te permitirá acreditar el valor real de tus existencias en cualquier momento y evitará omisiones en las declaraciones periódicas.
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Herramientas y recursos para gestionar las declaraciones periódicas, documentar el valor de tus existencias y fortalecer tu posición ante la compañía aseguradora.

