Teleperitación

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Teleperitación (peritación digital)

Riesgo medio | Método que acelera la tramitación en siniestros menores pero que, en daños complejos o con causas ocultas, puede generar errores periciales graves e infrataciones que reducen tu indemnización. Si aceptas una videollamada para un siniestro importante, el margen de defensa técnica se estrecha considerablemente.
TasiO El Traductor

El perito valora tu siniestro por videollamada desde su despacho, sin pisar tu casa. Tú le enseñas los daños con el móvil mientras él hace capturas de pantalla. Rápido y barato para la compañía, pero peligroso para ti: daños ocultos se pasan por alto y la causa real del problema puede quedar mal determinada.

¿Qué es la teleperitación y por qué genera tantos problemas en siniestros de hogar?

La teleperitación es una metodología de tasación a distancia mediante la cual el perito visualiza los daños a través de una videollamada o del envío de fotografías tomadas por el móvil del asegurado, sin desplazarse físicamente al lugar del siniestro. Desde la perspectiva pericial, esta modalidad opera bajo una tensión irresoluble: por un lado, resulta funcional para siniestros menores y repetitivos (rotura de un electrodoméstico, pequeña filtración localizada, rotura de cristal); por otro, resulta técnicamente insuficiente cuando concurren daños ocultos, causas complejas o patologías constructivas que exigen inspección in situ, mediciones precisas y análisis de humedades con instrumental específico. La doctrina pericial especializada considera que el perito debe cumplir exactamente la misma misión que en una visita presencial: determinar la causa del siniestro, valorar los daños materiales y ajustar la indemnización a las coberturas contractuales. La distancia física dificulta gravemente estos tres cometidos.

Explicación accesible

Imagina que tienes una filtración en el techo del salón. En lugar de venir un perito a tu casa, la compañía te manda un enlace para una videollamada. Tú enciendes la cámara del móvil y le enseñas la mancha de humedad mientras él, desde su despacho, va haciendo capturas de pantalla y te hace preguntas. Eso es la teleperitación: el perito valora el daño a distancia, sin pisar la vivienda. Para una gotera pequeña y visible puede valer. Pero si el agua ha corrido por vigas ocultas, ha afectado al aislamiento o la causa real es un problema estructural del edificio, el móvil no permite ver lo que hay detrás de la pintura. El perito puede cerrar el expediente con una valoración baja y una causa mal determinada, dejándote sin cobertura para daños que aparecerán meses después.

En la práctica de tramitación, la teleperitación presenta implicaciones críticas que el asegurado debe conocer. La principal es que el perito no puede palpar humedades, no puede abrir registros de fontanería, no puede examinar la carpintería desde ángulos diferentes ni puede detectar olores de putrefacción que indiquen filtraciones antiguas. Además, la calidad de la imagen depende del móvil del asegurado, de la iluminación disponible y de su habilidad para mostrar los daños relevantes. Si el asegurado no sabe qué enseñar o el perito no sabe qué preguntar, el resultado es un informe incompleto que la compañía utilizará para liquidar el siniestro. La eficiencia que persiguen las entidades aseguradoras con esta modalidad —menor coste y cierre más rápido— puede traducirse en una infratación pericial que perjudique al asegurado.

⚠️ Interpretación restrictiva habitual: «El daño es visible en la videollamada y no requiere visita presencial»

Las entidades aseguradoras podrían rechazar una solicitud de visita presencial argumentando que el daño ha sido correctamente documentado en la videollamada, que la teleperitación es un método aceptado por la compañía y que el perito ha obtenido suficiente información para valorar el siniestro. Esta interpretación obvia que la teleperitación resulta adecuada únicamente para daños superficiales y de fácil identificación, y que en siniestros con potenciales daños ocultos o causas constructivas complejas, la ausencia de inspección física puede constituir una deficiencia pericial que afecte a tus derechos. Adicionalmente, podrían argumentar que el asegurado aceptó la modalidad al conectar la videollamada, renunciando implícitamente a una visita presencial.

Los cuatro pilares técnicos de la teleperitación

1. Mecánica visual a distancia: El perito visualiza los daños en la pantalla de su ordenador mediante una aplicación que conecta con el teléfono móvil del asegurado o de un reparador situado en el lugar del riesgo. Durante la videollamada, el perito graba las imágenes y toma las capturas que considera necesarias para la tasación mientras entrevista al asegurado. Esta mecánica limita la percepción sensorial del perito a la vista (y de forma indirecta, a través de una pantalla), eliminando el tacto, el olfato y la capacidad de manipular materiales para verificar su estado real.

2. Captura de evidencias por parte del asegurado: En muchos casos, la teleperitación se complementa con el envío de fotografías tomadas por el propio asegurado antes o después de la videollamada. El asegurado, sin formación técnica, puede no saber qué ángulos son relevantes, qué detalles acreditan la causa del siniestro o cómo fotografiar daños ocultos que aún no han manifestado signos externos visibles. Las fotos del asegurado pueden resultar insuficientes o desenfocadas, y el perito, a distancia, no puede solicitar tomas adicionales de elementos que no sabe que existen.

3. Misión inalterable del perito: Aunque no exista visita física, el perito debe cumplir la misma misión que en los procesos presenciales: determinar con precisión la causa del siniestro, valorar todos los daños materiales afectados (visibles y potencialmente ocultos) y ajustar la indemnización a las coberturas y límites de la póliza. La distancia no exime al perito de esta obligación técnica, pero la dificulta enormemente. Si el perito emite informe sin advertir las limitaciones de la modalidad digital, puede estar incurriendo en una deficiencia técnica que el asegurado puede impugnar.

4. Ausencia de estándar único entre compañías: Cada entidad aseguradora implementa su propio sistema de peritación digital con herramientas, protocolos y criterios diferentes. Determinadas compañías del sector utilizan aplicaciones propietarias, otras emplean videollamadas por WhatsApp o Zoom, y algunas combinan teleperitación con envío de fotos por email. Esta falta de uniformidad impide una doctrina pericial establecida sobre qué siniestros son susceptibles de teleperitación y cuáles exigen visita presencial obligatoria, generando indefensión del asegurado ante prácticas dispares.

⚖️ Fundamentos técnicos que suelen generar controversia
  • 1
    Idoneidad técnica de la teleperitación para siniestros complejos

    Las compañías pueden imponer la teleperitación para siniestros que, por su naturaleza, requieren inspección física: filtraciones con recorrido de agua desconocido, daños en estructuras de madera con posible carcoma, humedades de capilaridad con origen en elementos comunes del edificio. La controversia radica en determinar si el perito, a distancia, ha podido cumplir adecuadamente su misión técnica o si la modalidad digital resulta intrínsecamente insuficiente para el tipo de daño declarado. El asegurado puede argumentar que la compañía eligió un método inadecuado para reducir costes.

  • 2
    Responsabilidad del perito por errores de causa o infrataciones

    Si la teleperitación determina una causa incorrecta del siniestro (por ejemplo, atribuye una filtración a un desagüe cuando el origen real es una grieta estructural en la fachada) o infravalora los daños por no detectar afecciones ocultas, la responsabilidad puede discutirse entre el perito (que no se desplazó), la compañía (que impuso la modalidad) y el asegurado (que colaboró con la videollamada). La doctrina pericial considera que el perito debe asumir las consecuencias negativas de una actuación deficiente, aunque sea a distancia.

  • 3
    Autorización expresa de la compañía para teleperitar

    La teleperitación solo resulta procedente cuando el perito cuenta con instrucciones expresas de la compañía para utilizar el sistema de peritación digital. Si el perito obvia la visita física sin autorización de la entidad, puede estar cometiendo una irregularidad técnica que invalida el informe. El asegurado puede solicitar por escrito a la compañía que confirme si el perito actuó con instrucciones específicas de teleperitación o si, por el contrario, debió personarse en la vivienda.

  • 4
    Consentimiento informado del asegurado y renuncia implícita

    Las compañías pueden interpretar que el hecho de que el asegurado acepte la videollamada y muestre los daños por el móvil constituye una aceptación tácita de la modalidad digital, renunciando a una visita presencial. La controversia surge cuando el asegurado desconocía que podía exigir una visita física o cuando la compañía no le ofreció alternativa. El asegurado puede argumentar que no tenía conocimiento técnico suficiente para valorar si la teleperitación era idónea para su siniestro específico.

⚠️ Errores frecuentes del asegurado
  • Aceptar la teleperitación para siniestros con daños ocultos o de causa desconocida

    Si tienes una filtración cuyo origen no ves, manchas de humedad que reaparecen, o daños en tabiques y estructuras, aceptar una videollamada puede ser un error grave. El perito a distancia no podrá determinar la causa real ni detectar afecciones ocultas. Insiste en una visita presencial para siniestros que no sean superficiales y de fácil identificación. Si la compañía se niega, solicítalo por escrito y conserva la respuesta.

  • No grabar la videollamada ni conservar las capturas de pantalla

    Durante la teleperitación, el perito graba las imágenes que tú le muestras, pero tú no tienes acceso a esas grabaciones. Si luego discutes la valoración o la causa determinada, careces de prueba de qué enseñaste y qué vio el perito. Graba por tu parte la videollamada (avisa de que lo haces) o haz fotos y vídeos exhaustivos del siniestro antes y durante la llamada, con fecha y hora, para poder contrastarlas con el informe final.

  • No solicitar por escrito que se justifique la idoneidad de la teleperitación

    Muchos asegurados asumen que si la compañía propone una videollamada, es porque el siniestro lo permite. Error: la elección de la modalidad responde a criterios de coste y rapidez, no necesariamente a criterios técnicos. Solicita por escrito a la compañía que justifique por qué tu siniestro específico es susceptible de teleperitación y qué criterios técnicos se han aplicado. Esta documentación resultará clave si luego impugnas el informe.

  • No mostrar en la videollamada los daños secundarios o zonas adyacentes

    Durante la teleperitación, el asegurado suele mostrar únicamente el daño principal (la mancha de humedad, el cristal roto) y olvida enseñar las zonas adyacentes afectadas, los enchufes quemados cerca de la filtración, el suelo levantado o el mobiliario estropeado. El perito, a distancia, no puede pedirte que muestres lo que no sabe que existe. Haz un recorrido completo de la vivienda mostrando todos los espacios potencialmente afectados, incluso los que crees que no tienen relación.

  • Firmar la liquidación sin revisar si el informe refleja lo mostrado en la videollamada

    Tras la teleperitación, la compañía emite liquidación basada en el informe del perito. Muchos asegurados firman sin contrastar si el informe recoge todos los daños que mostraron, si la causa determinada coincide con lo explicado durante la llamada o si los metros cuadrados afectados se corresponden con la realidad. Revisa punto por punto el informe antes de aceptar la liquidación, y si detectas discrepancias, rechaza la oferta y solicita visita presencial.

Caso Orientativo La filtración del baño valorada por videollamada sin detectar el origen real

La situación: Roberto detectó una humedad en el techo del salón justo debajo del baño de su vivienda en un piso tercero. Declaró el siniestro a su aseguradora, que le propuso una teleperitación para «agilizar la tramitación». Durante la videollamada de quince minutos, Roberto mostró la mancha de humedad en el techo del salón, el desagüe de la bañera y el siliconado deteriorado alrededor del plato de ducha. El perito, desde su despacho, le preguntó si había más humedades y Roberto, que no había revisado el resto de la vivienda, respondió que no. El perito determinó que la causa era el desagüe de la bañera con siliconado deficiente, valoró la reparación en 1.200€ y cerró el expediente. Tres meses después, la humedad reapareció en el mismo punto y Roberto descubrió que el agua provenía de una grieta en la bajante de aguas pluviales del patio interior del edificio, un elemento común cuya reparación correspondía a la comunidad de propietarios y no estaba cubierta por su póliza de hogar.

La valoración de la entidad: Roberto reclamó a la compañía la reapertura del expediente argumentando que la causa real del siniestro no había sido la bañera sino la bajante común. La compañía rechazó la reclamación por tres motivos: primero, que el informe de teleperitación determinó como causa el desagüe de la bañera y Roberto había aceptado la modalidad digital; segundo, que habían transcurrido más de tres meses desde el cierre del expediente y el plazo para reclamar presuntas causas alternativas había vencido según las Condiciones Particulares; tercero, que la bajante de aguas pluviales es un elemento común del edificio no cubierto por la póliza de hogar, por lo que incluso si la causa estaba mal determinada, el resultado sería el mismo (rechazo de cobertura). Roberto no había grabado la videollamada, no había solicitado visita presencial por escrito y no había contratado perito propio en su momento.

¿Cómo podría orientarse la defensa?: Mediante un Análisis Técnico Orientativo que, en primer lugar, impugnara la idoneidad de la teleperitación para este siniestro específico, señalando que una filtración con origen desconocido en un baño requiere inspección física para descartar causas alternativas (bajantes comunes, tuberías empotradas, juntas de dilatación) y que la compañía, al imponer la videollamada para reducir costes, privó al asegurado de una valoración técnica adecuada. En segundo lugar, se podría argumentar que la aceptación tácita de la teleperitación no constituye renuncia a una correcta determinación de la causa, y que el perito tenía la obligación técnica de advertir las limitaciones de la modalidad digital para siniestros con origen hidráulico no evidente. En tercer lugar, respecto al plazo de reclamación, se podría señalar que el descubrimiento de la causa real constituye nuevo hecho que interrumpe la prescripción, dado que el asegurado no podía conocer la bajante dañada sin obras de exploración. Esta línea argumental, combinada con un informe de perito de parte que acredite la causa real mediante inspección física, podría obligar a la compañía a reabrir el expediente o, en su caso, constituir base para reclamar daños por deficiente actuación pericial, aunque el resultado dependerá de la redacción específica de las exclusiones de elementos comunes en la póliza y de la prueba documental que finalmente se aporte.

🛠️ Claves técnicas para tu defensa
Exige visita presencial por escrito para siniestros no superficiales

Desde el primer contacto con la compañía, solicita por escrito (email o correo certificado) que el siniestro sea valorado mediante visita presencial si existe cualquier indicio de daños ocultos, causas constructivas complejas o afecciones en elementos comunes. Conserva la respuesta de la entidad como prueba de que intentaste garantizar una valoración técnica adecuada.

Documenta exhaustivamente el siniestro antes de la videollamada

Antes de aceptar cualquier teleperitación, haz fotos y vídeos de todos los daños visibles, las zonas adyacentes, los elementos constructivos cercanos y cualquier indicio de causa alternativa. Incluye objetos de referencia para escala (una regla, una moneda) y toma imágenes con fecha y hora. Esta documentación te permitirá contrastar el informe pericial con la realidad.

Graba la videollamada y conserva todo el intercambio digital

Informa al perito al inicio de la videollamada que vas a grabar la sesión para tu archivo personal (la mayoría de jurisdicciones permiten grabar conversaciones en las que participas). Conserva también los emails, SMS o mensajes de la app de peritación. Si el perito se niega a ser grabado, solicita por escrito los motivos y considéralo indicio de opacidad.

Contrata perito propio si la teleperitación infravalora o mal determina la causa

Si el informe de teleperitación cierra el expediente con una valoración que consideras baja o una causa que no coincide con tu percepción, contrata un perito de parte que realice inspección física y emita informe técnico independiente. La discrepancia entre la valoración digital y la valoración presencial puede obligar a la compañía a reabrir el expediente o a un peritaje conjunto.

No firmes la liquidación hasta contrastar el informe con la realidad

Cuando recibas la liquidación basada en teleperitación, compara el informe con tus fotos y vídeos, verifica que la causa determinada sea la correcta, comprueba que los metros cuadrados y los elementos dañados se correspondan con lo mostrado y solicita desglose de partidas. Si detectas discrepancias, rechaza la liquidación por escrito y solicita revisión con visita presencial.

📩 Escrito de Solicitud de Visita Presencial e Impugnación de Teleperitación
⚠️ Aviso legal: Esta plantilla es un modelo orientativo general. Cada siniestro tiene matices y particularidades únicas. Su uso no garantiza el éxito de la reclamación ni sustituye el asesoramiento pericial o jurídico personalizado. PeritoHogar no se hace responsable de las decisiones o resultados derivados del uso exclusivo de este texto.
[Nombre y apellidos del asegurado] [DNI] [Dirección completa] [Teléfono y email] [Fecha] A la Atención del Departamento de Siniestros [Denominación social de la aseguradora] ASUNTO: Solicitud de visita presencial del perito e impugnación de teleperitación. Póliza nº [NÚMERO DE PÓLIZA]. Siniestro del [FECHA DEL SINIESTRO]. D./Dña. [Nombre], en calidad de asegurado/a de la póliza de seguro de hogar referenciada, manifiesta ante su entidad lo siguiente: PRIMERO.- Que con fecha [FECHA] se produjo un siniestro en la vivienda asegurada sita en [DIRECCIÓN COMPLETA], consistente en [BREVE DESCRIPCIÓN DEL SINIESTRO]. SEGUNDO.- Que su entidad ha propuesto la valoración del siniestro mediante teleperitación o peritación digital (videollamada / envío de fotografías), modalidad que el suscrito considera técnicamente inadecuada para el tipo de daño declarado por las siguientes razones: a) El siniestro presenta características que impiden una correcta determinación de la causa a distancia: [DESCRIBIR: daños ocultos, origen hidráulico no evidente, afección en estructuras, patología constructiva compleja, elementos comunes del edificio potencialmente implicados, etc.]. b) La teleperitación limita la capacidad del perito para realizar mediciones precisas, detectar humedades ocultas, examinar elementos constructivos desde diferentes ángulos y utilizar instrumental específico (higrómetros, cámaras térmicas, etc.) que resultaría imprescindible para una valoración técnica fiable. c) La doctrina pericial especializada considera que el perito debe cumplir la misma misión técnica en teleperitación que en visita presencial (determinar causa, valorar daños, ajustar a póliza), lo cual resulta inviable en siniestros de la complejidad del presente sin inspección física in situ. TERCERO.- Que, en consecuencia, solicito formalmente que se designe a un perito que realice visita presencial en la vivienda asegurada para la correcta valoración del siniestro, con las siguientes condiciones: – Inspección física completa de la vivienda y zonas potencialmente afectadas. – Utilización de instrumental adecuado para la detección de humedades ocultas y determinación de causas constructivas. – Entrevista presencial con el asegurado para recabar toda la información relevante. – Informe técnico detallado que incluya fotografías de la inspección, mediciones y justificación de la causa determinada. CUARTO.- Que, en caso de mantenerse la teleperitación como única modalidad de valoración, solicito que se me informe por escrito de los criterios técnicos que justifican la idoneidad de esta modalidad para mi siniestro específico, así como de la autorización expresa que tiene el perito para actuar sin visita presencial. QUINTO.- Que queda constancia de que no renuncio a ningún derecho de cobertura derivado de una posible deficiente valoración por teleperitación, reservándome el derecho a impugnar el informe y a contratar perito de parte conforme al artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro. Solicito resolución expresa de esta solicitud en el plazo legalmente establecido. Atentamente, [Firma del asegurado] Nombre: [NOMBRE Y APELLIDOS] DNI: [NÚMERO] Fecha: [FECHA]

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